Limitación de responsabilidad: este blog no es un asesor legal, financiero o impositivo. La información aquí proporcionada no constituye ningún asesoramiento profesional que ha de ser realizado por las personas así acreditadas. Dicha información ha de ser tomada en cuenta por el lector bajo su propia responsabilidad.
Si has estudiado o trabajado en EEUU con visa F, J, Q o M, es posible que tengas que hacer la declaración de la renta (income tax return) incluso aunque no hayas recibido ningún ingreso. Hay numerosos preparadores o gestores que lo pueden hacer cobrando (en torno a 50-100$) e incluso la propia universidad suele ofrecer asesoramiento gratuito. En general, los programas guiados tipo TurboTax u otros, no sirven para estudiantes internacionales puesto que no contemplan los formularios para non-resident de la renta americana. Incluso su uso puede llevar a presentar formularios equivocados y reclamaciones posteriores por el IRS (la Hacienda Americana).
Hay que tener en cuenta que es necesario hacer, al menos, dos declaraciones de la renta, primero la federal y después la estatal, que se envían a sitios diferentes. La fecha límite suele ser el 15 de Abril, y no presentarlas puede implicar multas. Por otro lado, puede resultar muy conveniente hacerla porque puede que se devuelvan ciertas retenciones, además de los pagos realizados a la Social Security y Medicare. Se recomienda consular la Publicación 519 Tax Guide for Aliens.
En general, completar los formularios no es complicado, pero la primera vez parece muy confuso y lleva tiempo entenderlo. Cada formulario tiene unas completas instrucciones que hay que seguir escrupulosamente para completarlo correctamente. A continuación se van a comentar ciertas claves para hacer este trámite:
Rellenar el Form 8843. Este hay que completarlo aunque no se haya tenido ningún ingreso, para informar de la presencia en EEUU. Si durante el año anterior se ha recibido algún tipo de ingreso, como salarios, becas (scholarship o fellowship) o intereses bancarios (por encima de 10$) hay que rellenar además otros formularios (1040NR…). Saber si se es resident o non-resident a efectos fiscales. Una persona con un visado de no-inmigrante como F o J, puede ser residente a efectos fiscales. En general un estudiante se considera non-resident salvo que lleve más de 5 años y su intención sea permanecer en el país. Si está casado con un residente pueden aplicar otras normas y la declaración puede realizarse conjunta (married file jointly) o separada (married file separately). Non-resident tienen que completar el Form 1040NR o Form 1040NR-EZ Resident tienen que completar el Form 1040, 1040A o 1040EZ, igual que cualquier residente americano. Elegir entre el 1040NR o 1040NR-EZ. El segundo es la versión simplificada que se puede emplear en la mayor parte de los casos, según se explica en las propias instrucciones del formulario (si no hay dependientes, exenciones complicadas, etc). Disponer de los formularios W2 que nos habrán enviado todos los empleadores que hayamos tenido y los 1099 de los intereses o dividendos bancarios (sólo si son mayores de 10$). Entender los W2 es muy fácil. La casilla 1 del W2 es la suma de todos los pagos brutos de ese empleador mientras que la casilla 2 del W2 es la retención (withheld) practicada para el impuesto federal. La suma de todos los ingresos (casillas 1 de todos los empleadores) hay que reflejarlo en la casilla 3 del 1040NR-EZ. Tener en cuenta la exención por tratado entre los dos países (tax treaty). La forma de reflejarlo es descontar dicha cantidad en la casilla 3 del 1040NR-EZ y reflejarlo en la 6. En España, para estudiantes, es de 5000$. Itemized deductions (casilla 11 del 1040NR-EZ). Es la suma de las retenciones estatales y locales practicadas, es la suma de las casillas 17 y 19 de todos los W2 y 1099. Exemption (casilla 13 del 1040NR-EZ). Es la exención personal, en 2013 es de 3800$, pero la cifra puede cambiar si existen dependientes o se hace la declaración conjunta. Tax (casilla 15 del 1040NR-EZ). Se obtiene de las tablas que aparecen en el manual, esa es la cantidad total de impuestos federales que hay que pagar. Si la retención (withheld) practicada ha sido mayor, la declaración saldrá a devolver; y a pagar en caso contrario. Las retenciones que aparecen en la casilla 2 de los W2 se reflejan en las casillas 18 del 1040NR-EZ. Una vez completado, se adjuntan los formularios 1040(NR o NR-EZ), el 8843, W2 y 1099, y es recomendable, pero no obligatorio, adjuntar además una copia del pasaporte y de la visa. Además del federal, hay que hacer la declaración de la renta del Estado, en todos aquellos donde se haya recibido ingreso. Es recomendable hacerlo después de la parte federal, porque nos preguntarán por ciertas casillas y resultados de ella. En el caso de California, algunas claves:
En general, ser residente o no de un Estado no está relacionado en absoluto con la visa y puede dar lugar a interpretaciones. Según el California Franchise Tax Board, you are considered a resident of California if you are present in California other than for a temporary or transitory purpose, or if you are domiciled in California but you are outside California for a temporary or transitory purpose. Por lo tanto, un estudiante puede considerarse non-resident ya que su presencia es temporal al estar asociada al período de estudios, aunque haya estado viviendo todo el año en California. En el caso non-resident, habrá que rellenar los formularios 540NR Long o Short. El segundo es la versión simplificada. Al igual que los federales, para rellenar el formulario hay que seguir las completas instrucciones que se proporcionan. Las retenciones (withholding) estatales se contemplan en las casilla 17 de los W2. En California hay deducción por alquilar casa. Hay que reflejarlo en la casilla 61 de los formularios 540. Una vez completados, se adjunta también una copia de los W2 y puede que una copia de la propia declaración de la renta federal (en 540 Long). Un non-resident puede no estar obligado a pagar la Social Security y el Medicare, si hay realizado ciertos trabajos como prácticas (OPT). Para su devolución, si, en efecto, se han retenido por el empleador y no se ha podido obtener la devolución por su parte (casillas 4 y 6 de los W2), hay que completar el formulario 843. Se recomienda hacerlo 6 semanas después de enviar la declaración de la renta federal, para evitar retrasos en su devolución. Además de ello habrá que adjuntar:
Copia de los W2 Formularios 8316, uno por cada empleador. Este formulario indica que se ha pedido la devolución al empleador pero no se ha conseguido. Copia de la declaración federal 1040NR-EZ o 1040NR. Copia del I-94 en vigor si todavía se está en los Estados Unidos Copia de la visa Copia del I-20 o para los J-1 del DS2019 Copia de la tarjeta de empleo Employment Authorization Document (EAD card), CPT I-20 o DS-2019.
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